Este pleno ha servido de despedida a los concejales que no han sido elegidos en las elecciones municipales del 22 de mayo para continuar con su labor como miembros de la Corporación.
Solo se ha tratado un punto en el orden del día.
Informe de alegación del recurso de alzada 11/1967
Doña Mª Jose Robredo presentó un recurso de alzada ante el TAN contra acuerdo de pleno sobre la asignación de una cantidad mensual como compensación por gastos ocasionados en el ejercicio del cargo de concejala.
En dicho recurso se planteaba, que un concejal no puede cobrar una cantidad fija al mes en concepto de gastos ocasionados en el ejercicio de su cargo, sino que, la cantidad que se tendría que cobrar como gastos sería la que se demostrase mediante factura o justificante.
El ayuntamiento no está de acuerdo con esa afirmación y presenta alegaciones a dicho recurso de alzada.
Estas alegaciones se basan en sentencias tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon.
Se aprueban las alegaciones presentadas y se mandan al TAN para que dicte la resolución correspondiente.
VOTOS A FAVOR: 5 (PSOE)
VOTOS EN CONTRA: 0
ABSTENCIONES: 4 (UPN e IU)
IU se abstiene porque el asunto se trata en una comision 10 minutos antes del pleno, pero NO está de acuerdo con las alegaciones, ya que entendemos que no se puede cobrar una cantidad fija de gastos al mes, sino que habría que cobrar los gastos que realmente están justificados mediante comprobante.
Los 475 euros que cobran los concejales delegados se deberían consignar como una asignación mensual
y no como gastos de representación.
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